Fiscal pide 174 años para un funcionario de la SS por vender datos privados

Fiscal pide 174 años para un funcionario de la SS por vender datos privados

La Fiscalía pide 174 años de cárcel para un funcionario de la Seguridad Social en Barcelona y cinco años y medio para otro funcionario del Servicio del Catastro, acusados de vender historiales laborales a una detective que posteriormente los comercializaba a terceros.

En su escrito de acusación, la fiscal Anticorrupción Teresa Duerto pide también una condena de 187 años de cárcel para un jubilado que ejercía de intermediario en la compraventa de los datos personales, por los que supuestamente se pagaban entre 50 y 100 euros.

Los dos funcionarios, el intermediario y una detective que supuestamente adquiría los historiales, personalmente o a través de su despacho, permanecen imputados en una de las piezas derivadas de “Pitiusa”, la operación policial que en 2012 desmanteló una red dedicada a la compraventa de datos personales en toda España.

Según mantiene la Fiscalía en su escrito de acusación, que ha avanzado hoy El Periódico de Catalunya, entre enero de 2011 y mayo de 2012 el intermediario Tomás R. se dedicó a traficar con datos de la Seguridad Social y del Catastro de Barcelona que obtenía gracias a sus contactos en esos organismos.

Entre esos contactos, añade la fiscal, figuraba el funcionario de la Tesorería de la Seguridad José Alfonso G.R., que supuestamente cobraba por facilitar al intermediario información relativa a la vida laboral y la afiliación a la Seguridad Social de las personas que este le solicitaba.

Otro de los contactos con los que presuntamente Tomás R. lograba datos sobre titularidad de bienes inmuebles es Marc D., funcionario del Catastro de Barcelona, quien según la Fiscalía también los entregaba al intermediario a cambio de una contraprestación económica.

Para Sara D., la detective que supuestamente compraba los datos reservados, que después transmitía a terceras personas con las que mantenía una relación profesional, la Fiscalía pide una condena de 68 años de cárcel.

Según la Fiscalía, el precio de la información obtenida ilícitamente era de 150 euros por persona y 300 por empresa y todos los acusados “tenían conocimiento de que estaban obteniendo y facilitando datos reservados obrantes en bases de datos de acceso restringido”.

En otra de las piezas separadas de la investigación de “Pitiusa”, la Fiscalía pide penas de hasta cien años de cárcel para una trama de detectives y empleados de compañías telefónicas acusados de traficar con datos personales de esas empresas.

Concretamente, el ministerio público solicita 100 años para uno de los detectives acusados, otros 36 para otro, 44 para una empleada de la empresa France Telecom-Orange y 4 para un trabajador de Movistar.

EFE

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Visto para sentencia

Visto para sentencia

Visto para sentencia el juicio a una banda por presunta estafa en falsos accidentes

El propio detective privado también testificó queriendo dejar claro que en ningún momento practicó ninguna acción coactiva o amenazante.

Las penas pedidas para tres acusados fueron finalmente de cuatro y tres años de prisión así como el pago de una indemnización que cobró en uno de los accidentes por valor de casi once mil euros para el primero de los casos. El Ministerio Fiscal y la acusación particular mantuvieron la petición de menos de un año de prisión más la correspondiente multa e indemnización para el resto. La vista se reanudó el martes con la declaración de los testigos de los dos accidentes juzgados, entre ellos un detective privado que contrató la empresa aseguradora y que consiguió las renuncias de los afectados a la indemnización. Según él lo hizo de manera natural mientras que los acusados hablan de amenazas que en uno de los casos llegó a juzgados después de la pertinente denuncia. El detective privado resultó absuelto.

Diez miembros de una presunta banda han sido juzgados en la Audiencia Provincial durante lunes y martes por simulación de delito y estafa procesal al simular, según el Ministerio Fiscal y la acusación, dos accidentes de tráfico el 23 de julio de 2011 en la rotonda del E.Lecrerc y el 23 de enero en otra rotonda de Cabrerizos, ambos entre dos turismos. Las peticiones de penas de prisión ascendieron por parte de Ministerio Fiscal y acusación particular de los nueve meses hasta los cuatro años en el caso de una de las acusadas y hasta los tres por parte de otros dos denunciados al cambiar la consideración de intento de estafa a su consumación. Asimismo, en el primero de los casos se pide una indemnización de casi once mil euros, cantidad que recibió por uno de los dos accidentes.

En total fueron diez los juzgados y dos más que no comparecieron al encontrarse en paradero desconocido. Se trata, en concreto de J.G.L., A.G.H., I.M.H.A., G.G.H., A.M.H., J.G.C., R.G.S., S.G.C., A.P.M. y C.H.G, mientras que los que no estuvieron en la vista responden a las iniciales de A.M.S.R. e I.C.R.C. Todos los acusados declararon el lunes que los accidentes habían sido reales y que, si firmaron las renuncias a posibles indemnizaciones de la aseguradora fue por presiones por parte de un detective privado que contrató la empresa que por aquel entonces se llamaba Groupama.

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En la jornada del martes se comenzó con la declaración de dos personas que se encontraron en el primer accidente y que fueron desimputadas tras su declaración en el juzgado de Instrucción en las cuestiones previas. Este martes, en calidad de testigos y con la obligación de decir la verdad, dijeron que tras el accidente se quedaron hablando sobre el seguro y que si en su primera testificación hablaron de “chanchullos” como afirmaba la acusación particular se refería más bien al papeleo que se debió hacer.

También declararon los guardias civiles que realizaron el atestado del segundo accidente, que aseguraron que no vieron nada extraño en el suceso y que los vehículos estaban compuestos a su llegada por tres personas si bien, a preguntas de la acusación particular, comentaron que podrían haber llegado luego sin que conocieran este extremo. A uno de los agentes, además, le llamó la atención que dos de los afectados tuvieron puesto el cinturón de seguridad a su llegada. Estos dos son los que no han comparecido y que, según el informe del detective privado, reconocieron que el segundo accidente fue pactado y que ellos mismos no se encontraban en el mismo cuando se produjo.

El propio detective privado también testificó queriendo dejar claro que en ningún momento practicó ninguna acción coactiva o amenazante para que se firmaran las renuncias y que estas se hicieron de manera voluntaria con la ayuda de él mismo después de encontrar contradicciones y de que el propio A.M.S.R., al que no se le ha tomado declaración, lo confesara. Por otro lado, aseguró no recordar varias cosas después de casi cuatro años como una supuesta llamada que realizó al abogado de varios acusados en su día, que también compareció en la jornada del martes. Este aseguró que en ningún momento su renuncia a seguir con un juicio de faltas anterior fue porque alguien le dijera que era falso, sino porque ellos mismos renunciaron antes por las presuntas amenazas del detective, hecho que este último ha negado para afirmar, después de haber dudado, que sí le anunció que la causa fue la falsedad de la denuncia.

Después de escuchar a acusados, en la jornada del lunes y que aparece más abajo, y testigos, el Ministerio Fiscal y acusación particular, mantuvieron la pena para siete acusados y la subieron para tres en los términos que aparece arriba. Según el alegato final del primero, no hay siquiera pruebas de que el primer accidente se hubiera producido y en el segundo existen incongruencias en unas declaraciones que, según dice, no fueron claras. Además, la ruptura de las relaciones de amigos y familiares solo puede suponer al hecho de que la testificación inicial fueran en contra de los acusados. El abogado de la acusación no puso en duda la realidad de los accidentes aunque sí que no fueran fraudulentamente pactados con anterioridad. Se basa en la renuncia de los afectados ya que “nadie renuncia salvo que tenga motivos” y estos no pueden ser las amenazas del detective privado ya que nadie denunció y quién lo hizo no ganó el juicio y este salió absuelto. Por otro lado, el hecho de que en una rotonda ancha, un coche embista a otro en vez de evitarlo por la parte de fuera le produce dudas.

Los abogados defensores, en cambio, pusieron sobre la mesa la presunción de inocencia de sus defendidos y que no ha sido en ningún momento rota por las pruebas ofrecidas en el juicio. De hecho, según dijeron, se basan en un informe de un detective privado lleno de incongruencias y falsedades con el único objetivo de que la aseguradora no pagara las indemnizaciones. Además, por lógica, el modus operandi de estas operaciones es que choquen contra ti para poder cobrar el seguro y no chocar contra alguien, comentaron. El no conocimiento entre ellos, según declararon el lunes, o la existencia probada de lesiones también fueron utilizadas como pruebas a favor de los acusados.

Por otro lado, también comentaron que todo surge a través de dos renuncias y presuntas declaraciones al detective privado que no se han podido probar al no comparecer en la vista y, por tanto, no pueden constar como prueba. También, como ya se pidió al inicio de la vista, se están juzgando presuntos delitos que no se llegaron a consumar en la mayoría de los casos y que, por tanto, no puede tener ninguna responsabilidad según el nuevo Código Penal.

Primer accidente

En la jornada del lunes se tomó declaración a los diez acusados presentes, en el que todos aseguraron que los accidentes fueron reales. En el primero de ellos, del 23 de julio de 2011, estuvieron implicados dos turismos y nueve personas repartidas entre ambos vehículos. Sin embargo, fueron siete los juzgados, en concreto se trata de J.G.L., A.G.H., I.M.H.A., G.G.H., A.M.H., J.G.C. y C.H.G. El accidente ocurrió en la rotonda del E. Leclerc cuando el turismo que conducía J.G.L. chocó por detrás contra el que estaba dirigido por A.M.H. en la entrada de la carretera de Alba de Tormes, de donde procedían.

En su declaración, el primer acusado declaró que el accidente fue real y que en ningún momento se llegó a un acuerdo, ni antes ni después del suceso, de realizar ningún tipo de “chanchullo”. El hecho, posteriormente, sin embargo, fue juzgado por la vía de un delito de faltas al que, según denunció en la vista, renunció después de amenazas por parte de un detective privado contra su familia y su persona, al decirle que si no firmaba acabaría en la cárcel. Además, aseguró que si no denunció estas presuntas amenazas fue por miedo a posibles represalias. Esta renuncia la firmó también en nombre de su primo, J.G.C., con el consentimiento de este ya que se encontraba en Alicante.

Este último, también presente en el mismo vehículo, reafirmó la declaración de su primo y aseguró que el accidente fue real y que en ningún momento le pareció que fuera premeditado. Al contrario que J.G.L., el acusado afirmó acudir al día siguiente al hospital aquejado de dolor de espalda pero que no le llegó ninguna factura posterior pese a que el Ministerio Fiscal afirma que sí existe dicha factura por valor superior a los 140 euros. La rehabilitación posterior a la que se sometió, sin embargo, la cortó él mismo pidiendo el alta ya que se encontraba bien, según confesó, y se tenía que ir a Alicante. Aseveró, asimismo, que no conocía a los integrantes del otro vehículo y que si renunció posteriormente a posibles indemnizaciones fue por lo que le comentó su primo ya que con él no tuvo contacto el propio detective privado.

En el turismo que chocó contra el otro también estaba presente una familia de padre, madre e hijo que, según comentaron en su declaración, no conocían al conductor y a su primo directamente sino que, si estaban en este vehículo, fue a través de un conocido de ambos que les avisó que podían compartir el coche. Se trata de A.G.H., I.M.H.A. y G.G.H., que testificaron lo mismo. Los tres viajaban en la parte de atrás del coche después de que J.G.L. se ofreciera a llevarles para así no tener que volver en autobús. Afirmaron que en ningún momento vieron una conducta rara del conductor y que, a su juicio, no se pudo tratar de algo premeditado.

Los tres acudieron al día siguiente al hospital por dolores en el hombro, cuello y espalda aunque renunciaron a la posible indemnización por mediación de un funcionario de los Juzgados que les aconsejó no continuar. Posteriormente, además, el mismo detective privado se puso en contacto con ellos que les obligó, según dijeron, a firmar la renuncia. Al parecer, fue el propio detective privado el que dictó la redacción del escrito procediendo posteriormente a la firma del mismo.

Por parte del otro vehículo estuvieron presentes A.M.H. y C.H.G., pareja sentimental, que según anunciaron viajaban con la prima del primero y la pareja de esta, que no estaban citados a comparecer. Ambos volvieron a reiterar la declaración del primer acusado y se reafirmaron en que no había nada premeditado y que no conocían a los integrantes del vehículo que les embistió. El suyo propio quedó siniestro teniendo que volver el conductor en la grúa que trasladó el turismo y los otros tres integrantes en un taxi. Los dos acusados, por otra parte, también declararon que sufrieron lesiones y que tuvieron que acudir al día siguiente al hospital sin que se le emitiera factura y que si no reclamaron fue debido a que estaban conformes una vez que estuvieron recuperados y el pago del vehículo subsanado por parte del seguro.

Asimismo, también denunciaron amenazas y coacciones por parte del detective privado, que les vigilaba, incluso, en la puerta de casa aunque ellos no firmaron ningún tipo de renuncia y lo dejaron pasar. Sin embargo, la prima y el novio de este aseguraron que sí se trataba de un acto simulado, ante lo que ambos aseguraron que mienten. Posteriormente del accidente, eso sí, aseguraron que no habían vuelto a hablar con ellos.

Segundo accidente

En el suceso ocurrido en una rotonda de Cabrerizos el 22 de enero de 2012 también estuvo presente J.G.L., viajando en el mismo coche su sobrino, R.G.S., actualmente en prisión por un delito de robo con violencia, y S.G.C., su pareja, embarazada en aquel momento. Esta versión es la que defienden los acusados ya que los otros dos acusados que se encuentran en paradero desconocido habrían declarado anteriormente que el sobrino sería el conductor del otro vehículo presente en el siniestro y que la pareja no se encontraba en el lugar de los hechos.

Sobre este accidente, J.G.L., volvió a reiterar que no fue simulado pese a la insistencia de la acusación, y que no sufrió daños aunque su esposa sí lo hizo. También declaró que en el otro coche la conductora era A.P.M. pese a que los mismos acusados que no han comparecido, A.M.S.R. e I.C.R.C., lo negaran anteriormente y afirmaran que fue un accidente pactado.

Según A.P.M. de hecho, estos dos acusados, madre e hijo, viajaban en su coche en el momento del accidente ya que la mujer era una amiga suya a la que se había encontrado en la calle Comuneros prestándose a llevarla a Cabrerizos, donde quería llegar. El accidente ocurrió pasadas las 22 horas cuando ella circulaba por dentro de la rotonda y un vehículo la embistió por la parte derecha. Por este accidente ella fue posteriormente indemnizada con más de diez mil euros aunque también denunció presiones del detective privado sobre la retirada de la denuncia, hecho que ella sí llevó a los Juzgados aunque luego llegara a un acuerdo por el que retiraba la denuncia y la dejaban tranquila. El Ministerio Fiscal, sin embargo, siguió adelante con la misma procediendo a la absolución de dicho detective privado.

En el anterior juicio del accidente en el que también estuvo imputado J.G.L., este no se presentó, por lo que la duda que le surgió al abogado de la acusación era si no estaba apalabrado para luego repartirse el dinero, hecho que negó A.P.M, quien no recordaba, según su testificación, qué ocurrió con las otras personas ya que se mareó al salir del coche y la atendió un Guardia Civil, primero, en el mismo suelo y después una ambulancia.

R.G.S. y S.G.C., sobrino y pareja de J.G.L., también volvieron a decir que el accidente fue real y en el caso de la segudna, reiteró asimismo las amenazas que el detectivo le realizó a su pareja, hecho por el que renunciaron a las indemnizaciones. Ambos, según comentaron, se fueron del lugar de los hechos después de testificar ante la Guardia Civil en la misma ambulancia ya que S.G.C. estaba preocupada por el embarazo y tenía contracciones. De hecho, afirmó que no se le hubiera ocurrido simular un accidente estando embarazada.

Javier Vicente

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Le contó a la detective privado que lo investigaba cómo se conseguía una baja por depresión fingida

Le contó a la detective privado que lo investigaba cómo se conseguía una baja por depresión fingida

El letrado Francisco Antón, del despacho de Raquel Fernández Abogados y a quien se observa en la imagen, ha representado a una empresa que gracias al informe de la detective privado descubrió la falsedad de la baja por depresión de un trabajador, quien, sin saber que estaba siendo vigilado, llegó a explicarle a la mujer qué tenía que hacer ante el médico para conseguir la situación de la que él disfrutaba. El magistrado Carlos Contreras, en su sentencia, afirma: “Pocas veces un informe resulta tan concluyente”.

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La empresa estaba ‘mosca’, como se dice popularmente, con la baja por depresión de un hombre que desempeñaba funciones de conductor en la entidad, en parte porque había repetido varias veces ante sus compañeros que si le complicaban la vida se cogería una baja, además de que anteriormente ya había tenido otra por ansiedad y estrés. Entonces, contactó con el despacho de Raquel Fernández Abogados e inició un proceso que incluyó la contratación de una detective privado profesional, quien descubrió que el trabajador tenía una esposa enferma de cáncer, lo que podría influir en su estado, pero que su comportamiento no se correspondía con una baja por depresión y su tratamiento, como era tomar copas. Incluso, llegó a entablar amistad con la persona que lo estaba vigilando, explicándole en un momento determinado los pasos a seguir para conseguir este tipo de bajas.

Entonces, la empresa decide despedir a su empleado, quien pone una demanda contra esa decisión, la cual no prospera, pues la sentencia del titular de Lo Social número 1 de Cartagena, Carlos Contreras, recoge que el despido es procedente “porque la actitud del trabajador es incompatible con una depresión”, en base a su socialización, cuidados, arreglo personal y alternar con otras personas. “… como ‘guinda final’, no sólo se ha demostrado su actitud, sino que confiesa que se trataba de un pulso a la empresa para ser despedido y cobrar la indemnización, llegando a explicar a la detective privado como ir a un médico para conseguir esa baja”, se indica en la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, remarcando: “… pocas veces un informe resulta tan concluyente a efectos probatorios”, en alusión a la investigación llevada a cabo por la detective privado que presentó entre sus argumentos el abogado Francisco Antón.

Escrito por Carlos Illán

https://www.cartagenadeley.es/index.php?option=com_content&view=article&id=19980:le-conto-a-la-detective-que-lo-investigaba-como-se-conseguia-una-baja-por-depresion-fingida&catid=1:noticias&Itemid=50&jjj=1453310816165

Dos menores deberán viajar en transporte público al no fiarse de cómo conduce el abuelo

Dos menores deberán viajar en transporte público al no fiarse de cómo conduce el abuelo

Según constató un detective privado, el anciano no respeta las normas de tráfico y pone en riesgo sus vidas.

Dos niños deberán viajar en transporte público cuando tengan que encontrarse con su padre en Madrid dentro del régimen de visitas al no fiarse los jueces de la conducción del abuelo, al haberse comprobado que éste no respeta las normas de tráfico, por lo que pone en riesgo sus vidas.

Así se dispone en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia que estima en parte el recurso presentado por la madre de los menores contra la resolución de un Juzgado de Primera Instancia.

El Juzgado, en su sentencia de mayo pasado, acordó que el traslado de Murcia a Madrid y viceversa se haría “por los abuelos y otro familiar paterno en un medio de transporte público”, que ahora la Audiencia corrige y suprime la autorización a este último familiar para sustituirlo por el padre, manteniendo la prohibición de utilizar vehículos particulares.

En su demanda, la madre solicitó también que se reconsidera ese régimen de visitas, ya que los continuos desplazamientos de los hijos a la capital de España y desde allí, hacia el país de residencia del padre, en el norte de Europa, les producía cansancio y alteraciones en su estado físico.

La Audiencia no ha estimado esta última solicitud al señalar que durante el proceso judicial no se ha probado que las enfermedades de los menores sean debidas a esa situación.

Por el contrario, sí estima la petición en cuanto a que el traslado los fines de semana alternos desde Murcia a Madrid o viceversa no se pueda realizar “por otro familiar paterno”, sino por el padre.

Igualmente, considera acertada la decisión del Juzgado de obligar a utilizar el transporte público para hacer esos viajes.

Sobre ese extremo, la sala dice que el informe elaborado por un detective privado y otros documentos acreditan que en el traslado en un vehículo particular no se respetaron las normas de circulación, “lo que originó una situación de riesgo para los menores”.

EFE.

 

 

 

Feliz Navidad

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